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Oposiciones a Guardia Urbana de Barcelona 2019 (233 plazas)

La Comisión de Gobierno, actuando por delegación de la Alcaldesa, aprobó en sesión celebrada el 21 de febrero de 2019 la convocatoria y las bases específicas que deben regir el proceso para la selección mediante oposición libre de las siguientes plazas:

  • 233 plazas de agente de la Guardia Urbana del Ayuntamiento de Barcelona, ​​mediante oposición libre, correspondiente al grupo de titulación C, subgrupo C2, Escala de Administración Especial, Subescala de servicios especiales y régimen funcionarial (Exp. 150/2019).

Por tanto en la convocatoria de Guardia Urbana Barcelona 2019 han sido convocadas 233 plazas.

Índice

Exámenes y notas de la oposición de GUB 2019

Lista de admitidos y excluídos.

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Desarrollo, notas y resultados ACTUALIZADOS de la oposición a GUB 2019.

Resultados Definitivos

Resultados FINALES de la fase de oposición i propuesta de nombramiento.

Bases y convocatoria de las oposiciones Gub 2019

Las características de la convocatoria son las siguientes:

  • Núm. de plazas convocadas: 233
  • Clase de personal: Funcionario / a de carrera
  • Escala: Administración especial, Subescala de servicios especiales
  • Categoría: Agente de la Guardia Urbana
  • Grupo de titulación: Grupo C, subgrupo C2
  • Nivel: 16

Plazas

El número de 233 plazas se incrementará :

  • Tanto con las plazas que resulten vacantes como consecuencia de las renuncias o no incorporaciones de las personas adjudicatarias de la convocatoria de 60 plazas de agente de la Guardia Urbana mediante concurso específico de movilidad interadministrativa, publicada este 2019,.
  • Como de las vacantes que se produzcan por la no superación del curso de Formación Básica de Policía impartido por la Escuela de Policía de Cataluña del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña para aquellos aspirantes que se van incorporar el mes de septiembre de 2018 fruto de la superación de la fase de oposición del proceso selectivo para la cobertura de 150 plazas por oposición, turno libre, de Agente de la Guardia Urbana del Ayuntamiento de Barcelona.

Aquí tienes las BASES publicadas.

Pruebas de las oposicions Guardia Urbana de l´Ajuntament de Barcelona 2019

Primera prueba: Test de Cultural y teórica (obligatoria y eliminatoria)

La prueba cultural consistirá en desarrollar y superar cada uno de los dos ejercicios que se describen a continuación.

a) Primer ejercicio: Examen Test de Cultura General.

Tiene por objeto medir los conocimientos de cultura general a un nivel concordante con el título académico requerido para esta convocatoria.

Consistirá en un examen de cuestionario de preguntas tipo test (máximo de 50 preguntas), un 50% relativas a conocimientos de cultura general y un 50% relativas a conocimientos sobre la actualidad política, económica, social y cultural.

Cada pregunta tendrá 4 alternativas de respuesta de las que sólo una será correcta.

Todas las respuestas correctas tendrán el mismo valor, las preguntas no contestadas no quedarán y las respuestas erróneas descontarán ¼ parte del valor de una respuesta correcta.

Este ejercicio será calificado de 0 a 12 puntos.

Quedarán eliminadas las personas que no tengan una puntuación igual o superior a 6 puntos, y por lo tanto ya no se puntuará el segundo ejercicio.

b) Segundo ejercicio: Examen test Teórico.

Consistirá en contestar, en un periodo máximo de una hora, un cuestionario de preguntas tipo test (máximo 75 preguntas) relacionadas con el temario que figura en el anexo 2.

Cada pregunta tendrá 4 alternativas de respuesta de las que sólo una será correcta.

Todas las respuestas correctas tendrán el mismo valor, las preguntas no contestadas no quedarán y las respuestas erróneas descontarán ¼ parte del valor de una respuesta correcta.

Este ejercicio será calificado de 0 a 12 puntos.

Quedarán eliminadas las personas que no tengan una puntuación igual o superior a 6 puntos.

Las personas aspirantes tendrán un plazo de cinco días naturales, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del solucionario de la prueba, a fin de formular las alegaciones que consideren oportunas.

Las alegaciones deberán realizarse por escrito mediante instancia presentada en alguna de las oficinas de atención al ciudadano (OAC) del Ayuntamiento de Barcelona que aparecen relacionadas en el anexo 5.

Segunda prueba: Tests aptitudinales (obligatoria y eliminatoria)

Las personas aspirantes tendrán un plazo de cinco días naturales, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del solucionario de la prueba, a fin de formular las alegaciones que consideren oportunas.

Las alegaciones deberán realizarse por escrito mediante instancia presentada en alguna de las oficinas de atención al ciudadano (OAC) del Ayuntamiento de Barcelona que aparecen relacionadas en el anexo 5.

Tercera prueba: Prueba de catalán. (Obligatoria y eliminatoria)

Las personas participantes deben poseer los conocimientos de nivel intermedio de catalán B2 (antiguo B) o superior, de conformidad con lo establecido en el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimiento de catalán, y el Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña.

Quedarán exentas de la realización de esta prueba los aspirantes que acrediten documentalmente en el plazo y forma correcta, cumplir alguna de las condiciones establecidas en la base 4.5. de esta
convocatoria.

La prueba consta de dos partes:

Primera parte: Se evaluará el dominio de la expresión escrita mediante realización de ejercicios de conocimientos sintácticos y de comprensión de la lengua catalana relacionados en grado adecuado con las plazas objeto de la convocatoria.

Segunda parte: Se evaluará la expresión oral por medio de una exposición oral y una conversación sobre temas generales
de actualidad.

La duración máxima de este ejercicio será de 90 minutos, por la primera parte, y de 10 minutos para la segunda parte.

Esta prueba tendrá carácter eliminatorio.

Los aspirantes serán calificados como aptos o no aptos, quedando estas últimas excluidas del proceso selectivo.

Las personas aspirantes tendrán un plazo de cinco días naturales, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de los resultados de la prueba, a fin de formular las alegaciones que consideren oportunas.

Las alegaciones deberán realizarse por escrito mediante instancia presentada en alguna de las oficinas de atención al ciudadano (OAC) del Ayuntamiento de Barcelona que aparecen relacionadas en el anexo 5.

Cuarta prueba: Prueba de aptitud física (obligatoria y eliminatoria)

Las personas aspirantes que hayan superado las tres pruebas anteriores, serán ordenadas de mayor a menor puntuación en función de la suma de las calificaciones obtenidas en las pruebas puntuables.

Una vez ordenadas, sólo pasarán a la 4ª prueba las 900 personas aspirantes mejor clasificadas.

En caso de empate de puntuación a la posición 900, pasarán a la 4ª prueba todas aquellas personas empatadas en esta puntuación.

Objeto de la prueba.

Esta prueba consta de 3 ejercicios físicos que tienen por objeto comprobar, entre otros, la fuerza estática máxima, la potencia aeróbica máxima y la agilidad de los aspirantes.

Realización de las pruebas físicas

– Para la realización de esta prueba, el mismo día de su ejecución, los aspirantes deberán entregar al Tribunal un certificado médico expedido como máximo tres meses antes de la realización de las mismas.

En este debe constar explícitamente que: «se reúnen las condiciones físicas necesarias para realizar los ejercicios del Anexo 1 de la convocatoria para la cobertura de 233 plazas de agente 2.019 «.

La no presentación de dicho certificado comportará la exclusión automática de la persona aspirante del proceso selectivo.

– El orden de realización de los diferentes ejercicios vendrá determinado por la organización de las personas aspirantes en los grupos que determine el Tribunal.

No obstante lo anterior, y para todos los grupos, la carrera lanzadera (course navette) se realizará en última posición y dejando antes de la realización de esta prueba un periodo, como mínimo, de 30 minutos desde la finalización de la prueba anterior.

– No se podrá probar ningún elemento o material antes de la realización de una prueba física.

– Es obligatorio llevar ropa y calzado deportivo.

– En esta prueba, el Tribunal debe contar con el asesoramiento de profesionales especializados en educación física.

Valoración de la prueba

– Las características de cada ejercicio y los baremos de puntuación según edad y sexo se encuentran en el anexo 1 de estas bases.

– A efectos del baremo, la edad de cálculo será la que tenga la persona aspirante el día de la realización de la prueba.

– El sistema de puntuación tendrá una distribución del 30% en la presión sobre banco, 40% en la carrera lanzadera y 30% en circuito de agilidad, que representa la valoración de la importancia relativa de cada factor y de cada test en la puntuación final.

Cada uno de estos ejercicios será valorado de 0 a 6 puntos y después, la nota obtenida se transformará de acuerdo con los porcentajes indicados en este párrafo.

En cada uno de los ejercicios de los que consta la prueba, el aspirante deberá alcanzar las marcas de exigencia de 1 punto, según baremo, para que su nota sea considerada.

– En el ejercicio en el que haya más de un intento, el resultado válido será el mejor de todos.

– Cualquier incumplimiento de las normas establecidas para cada prueba supondrá la consideración de NULO de la prueba correspondiente (NULO = 0).

– Una vez finalizadas las pruebas físicas, el Tribunal podrá determinar la realización de pruebas antidopaje entre las personas que las superen.

El hecho de dar un resultado positivo en una de las sustancias que especifica el Comité Médico del Comité Olímpico Internacional, o el hecho de negarse, serán motivos de exclusión del proceso selectivo.

– Esta prueba es obligatoria, tendrá carácter eliminatorio y la aprobarán las personas que consigan, en nota transformada, un mínimo de 4 puntos en una escala de 0 a 6.

Las personas aspirantes tendrán un plazo de cinco días naturales, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de los resultados de la prueba, a fin de formular las alegaciones que consideren oportunas.

Las alegaciones deberán realizarse por escrito mediante instancia presentada en alguna de las oficinas de atención al ciudadano (OAC) del Ayuntamiento de Barcelona que aparecen relacionadas en el anexo 5.

Quinta prueba: Pruebas de personalidad y de competencias (obligatoria y eliminatoria)

Las personas aspirantes que hayan superado las cuatro pruebas anteriores, serán ordenadas de mayor a menor puntuación a partir de la nota que resulte de la suma de las pruebas puntuables.

Una vez ordenadas, sólo pasarán a la 5ª prueba las 600 personas aspirantes mejor clasificadas.

En caso de empate en la posición 600, pasarán a la 5ª prueba todas aquellas personas empatadas en esta posición.

Las personas aspirantes tendrán un plazo de cinco días naturales, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de los resultados de la prueba, a fin de formular las alegaciones que consideren oportunas.

Las alegaciones deberán realizarse por escrito mediante instancia presentada en alguna de las oficinas de atención al ciudadano (OAC) del Ayuntamiento de Barcelona que aparecen relacionadas en el anexo 5.

Sexta prueba: Pruebas médicas (obligatorias y eliminatorias)

Del total de personas aspirantes declaradas como aptas en la 5ª prueba, realizarán las pruebas médicas el número de personas que el Tribunal determine, clasificadas según el orden de puntuación a que hace referencia el primer párrafo de la base 7.1.5 de esta convocatoria.

En caso de empate en la última posición, el orden de clasificación se establecerá a favor del aspirante cuyo género sea ​​menos representado en el colectivo profesional objeto de esta oposición.

Si persiste el empate el orden establecerá de acuerdo con la puntuación obtenida en la primera prueba de la fase de oposición (prueba cultural y teórica). Si continúa el empate, éste se resolverá a favor de la persona que haya obtenido mayor puntuación en la segunda prueba (prueba aptitudinal).

Si a pesar de todo sigue el empate, el siguiente criterio será la mayor puntuación en la cuarta prueba (pruebas de aptitud física).

Finalmente, si los anteriores criterios no resuelven la situación de empate, el desempate se dirimirá en favor de la persona de mayor edad.

También podrán ser convocadas realizarlas los aspirantes con puntuaciones inmediatamente inferiores, que quedarán en situación de reserva, por si se produjera alguna descalificación o baja voluntaria.

Sin embargo será el Tribunal el que establecerá el número de personas a convocar para la sexta prueba.

Esta prueba es obligatoria, tendrá carácter eliminatorio y los aspirantes serán calificadas como aptos o no aptos, quedando estas últimas excluidas del proceso selectivo.

Consistirá en un reconocimiento médico, realizado por personal médico colegiado, para comprobar que no se detecta en las personas aspirantes la existencia de ninguna de las exclusiones médicas establecidas en el anexo 3 de esta convocatoria.

Las personas aspirantes tendrán un plazo de cinco días naturales, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de los resultados de la prueba, a fin de formular las alegaciones que consideren oportunas.

Las alegaciones deberán realizarse por escrito mediante instancia presentada en alguna de las oficinas de atención al ciudadano (OAC) del Ayuntamiento de Barcelona que aparecen relacionadas en el anexo 5.

Temario oposiciones GUB 2019

1. La Constitución española de 1978. Estructura y principios generales. La estructura territorial del Estado: «Principios generales y la Administración Local».

2. Derechos y deberes fundamentales en la Constitución de 1978.

3. El Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006: Derechos y deberes del ámbito civil y social, derechos en el ámbito político y de la Administración, y derechos y deberes lingüísticos. El Gobierno local en el Estatuto.

4. El Municipio: concepto y elementos. Las potestades municipales. Competencias municipales en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.

5. La Carta Municipal de Barcelona: Texto consolidado por el que se regula el régimen especial del municipio de Barcelona. Competencias del Ayuntamiento en materia de seguridad ciudadana y movilidad.

6. El Ayuntamiento de Barcelona. Organización Municipal. La organización política (Alcalde, Tenientes de Alcalde, Concejales) y la organización ejecutiva (el modelo de gestión gerencial) La desconcentración territorial (distritos) y funcional (organismos e institutos) en el Ayuntamiento de Barcelona.

7. Conocimiento de la ciudad desde el 1-1-2018: datos demográficos, sociología, economía, cultura y actualidad de la ciudad.

8. El procedimiento administrativo: concepto y principios generales. El procedimiento administrativo común: regulación, contenido, ámbito de aplicación y principios.

9. El marco legal de la Seguridad Pública y los cuerpos de seguridad. La Ley de fuerzas y cuerpos de seguridad de El Estado. La Ley de policías locales de Cataluña. La Ley de ordenación del sistema de seguridad pública de Cataluña.

10. La Ordenanza de medidas para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público Barcelona.

11. La Ordenanza sobre el uso de las vías y el espacio público de Barcelona: «Uso de las vías y los espacios públicos».

12. La Ordenanza de circulación de peatones y de vehículos.

13. Actuaciones relacionadas con la seguridad ciudadana: Especial referencia a los principios rectores en relación a la seguridad ciudadana y las potestades generales de policía de seguridad. actuaciones relacionadas con las funciones de policía judicial: Especial referencia a las garantías y derechos de las personas detenidas, procedimiento de detención y de habeas corpus.

14. Derechos y deberes de los funcionarios en el Estatuto básico del empleado público. Principios de actuación y deberes de los funcionarios de policía local. La infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de secretos en el Código Penal. Régimen de incompatibilidad del personal al servicio de la Administración.

15. Ética y deontología profesional. Declaración universal de los derechos humanos de la ONU. Carta de los derechos fundamentales de la UE. Código Europeo de Ética de la Policía. Código ético de la policía de Cataluña. el II Plan de Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres del Ayuntamiento de Barcelona 2015-2019. La violencia de género y los delitos de odio.

Presentación de solicitudes 2019

De conformidad con el Decreto de Alcaldía de 22 de diciembre de 2009 (Boletín Oficial de la Provincia Núm.312 de 30 de diciembre), la formalización, obtención y presentación de solicitudes se debe hacer telemáticamente a través la web http://ajuntament.barcelona.cat, accediendo desde el apartado «oferta pública» situado en la cabecera de este espacio.

Excepcionalmente, se podrá hacer en soporte papel en las Oficinas de Atención a la Ciudadano (OAC) del Ayuntamiento de Barcelona, ​​o bien enviarlas por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En este caso y en efectos de admisión, los aspirantes deberán declarar que cumplen todos los requisitos de participación de la convocatoria, consignar a su solicitud los datos requeridos para poder participar y presentar la documentación necesaria según se indica en los siguientes puntos de estas bases.

La relación de dichas OAC así como sus correspondientes direcciones especifican en el anexo 5 de la presente convocatoria. Igualmente, en el anexo 6 ​​indica la relación de puntos wifi del Ayuntamiento de Barcelona en los que se podrá conectar telemáticamente para efectuar el trámite.

Preguntas y Respuestas (FAQS)

P: Alguien sabe las físicas cuantas horas son? Es x pedir permiso en el trabajo de más o menos horas

R: yo entré a las 7 el año pasado y salí para las 11 y algo sino me equivoco o 10 y algo… ahora dudo! pero calcula que 3h mas o menos seguro

P: Cuánta gente se ha presentado en el 2019?

R: 3700 de momento, menos que el año pasado!!. Es un buen año

P: Hola, para pasar las pruebas físicas es obligatorio sacar un 5?? Alguien conoce algún caso q haya pasado sin llegar ?

R: Ha de hacerte el 5 de media si o si. 5 de media entre las 3 pruebas, y en todas ellas puntuando minimo un 1. Press 30%, circuito 30% y Navette 40%. La media tiene que ser 5.

P: En gub el de personalidad q se hace por la tarde es eliminatoria o solo es para la fase de entrevista?

R: El año pasado primera prueba: coneixement i aptitudinal por la mañana nos dejaban pausa para comer y luego hicimos personalidad.